Con carácter general la cobertura de daños estéticos no siempre se incluye en los seguros de hogar. Por ello es fundamental revisar la póliza, para saber si esos daños están cubiertos y con qué límites.
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Los daños estéticos pueden producirse tanto en continente como en contenido. Normalmente estos datos están asegurados a primer riesgo, es decir, hasta una determinada cantidad -por ejemplo, hasta 2.000 €- o hasta un determinado porcentaje de la suma asegurada.
Normalmente los límites son independientes para continente y para contenido, pudiéndose indemnizar ambas partidas simultáneamente en el caso de producirse.
Pero, ¿qué es un daño estético y en qué consiste la cobertura de daños estéticos?
Qué cubre la cobertura de daños estéticos
Vamos a explicarlo con algunos ejemplos. Tenemos un escape de agua en la vivienda y se nos moja una pared. Al pintar lo más normal es que, si solo se pinta la pared afectada, esta quede de un color cercano, pero no igual al resto. Con la cobertura de daños estéticos la aseguradora se hace cargo de pintar la totalidad del cuarto para que el color sea idéntico en toda la habitación.Lo mismo ocurriría si, por ejemplo,se nos quema una parte de la cocina y no es posible sustituirla parcialmente. Con la cobertura de daños estéticos se sustituirá la totalidad del contenido de la cocina para que se reponga la situación anterior al siniestro.
Lo fundamental es conseguir una razonable uniformidad en los bienes siniestrados de forma que tras las reparaciones del asegurado, el bien sea similar a como lo era antes.
Por último es conveniente revisar las exclusiones expresas que figuren en las condiciones generales de la póliza. Por ejemplo, hay que comprobar qué pasa con los aparatos sanitarios, los vehículos a motor, las colecciones, los libros, los árboles o las plantas. En definitiva, es muy importante cerciorarnos de que tenemos cubierto el daño estético en nuestra póliza y ver si el límite de cobertura es suficiente.