El Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo o SIALP es un tipo de seguro de vida que fomenta el ahorro a largo plazo que tiene ciertas ventajas fiscales muy interesantes. Se trata de un nuevo instrumento de ahorro a la largo plazo introducido por Reforma Fiscal de 2015, la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, que se puede instrumentar a través de un seguro (SIALP) o de una cuenta bancaria (CIALP).
Un SIALP no solo cuenta con la seguridad de un tipo de interés cierto durante todo el periodo de la inversión, sino que, además, como consecuencia de ello, ofrece un capital a vencimiento conocido de antemano en el momento de realizar la aportación.
Este tipo de producto es una opción muy interesante para quienes busquen formas de ahorro para complementar su jubilación y no quieran correr riesgos. En este sentido, un Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo es una opción muy buena para quienes tengas unos objetivos de ahorro de cara a la jubilación y busquen rentabilidad, seguridad y eficiencia fiscal.
Fiscalidad de los SIALP
La fiscalidad de los SIALP hace que el producto resulte muy interesante para los ahorradores. Esto se debe a que un SIALP no solo asegura la prestación de un capital, sino que está exento de tributar por el rendimiento. Es decir, en caso de superviviencia, en los SIALP no existe tributación por el rendimiento obtenido, si se dan ciertas condiciones, que vemos a continuación.Para que un SIALP queda exento de tributación por el seguro deben cumplirse dos condiciones. La primera que es necesario mantener la inversión un mínimo de 5 años. La segunda es que no superar los 5.000 euros por persona y año. De este modo se puede el ahorrador se puede beneficiar de la exención fiscal de los intereses que se hayan generado por el SIALP.
En caso de que el asegurado fallezca antes de la finalización del periodo previsto en el contrato, el beneficiario para caso de fallecimiento tributará por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, como Sucesión.
Características de los SIALP
Un SIALP debe tener las siguientes características, según la legislación vigente:El tomador, el asegurado y el beneficiarios del capital de supervivencia deben ser la misma persona.
La prestación por supervivencia será en forma de capital. En este sentido, el asegurador deberá garantizar como mínimo el 85% del importe de las aportaciones. No obstante, en la práctica habitual de mercado se está garantizando el 100% más un pequeño interés garantizado que se modifica cada año.
El límite máximo de aportación será de 5.000€ anuales. Este límite es independiente de los correspondientes a otros productos de los que el aegurado sea titular o asegurado, como planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y similares.
La aportación inicial deber haberse realizado con una anterioridad mínima de 5 años.
En caso de que se rescate antes de 5 años a partir de la primera contratación, los rendimientos obtenidos tributarán conforme a lo previsto a la Ley (el 19% los primeros 6.000 €, el 21% entre 6.001 y 50.000 € y el 23% lo que sobrepase los 50.001 €).
Será posible el traspaso de capitales de un SIALP a otro SIALP o a un CIALP (Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo) o viceversa.